vecinos morosos No hay más de un misterio
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Dicho esto, la Administradora si ha realizado una batalla en nombre de la Comunidad y de su Presidenta es porque entiendo que en algún momento se le habrá cubo esa posibilidad mediante la delegación en un certificación por una reunión realizada.
Y muy oportuna la recomendación que planteáis al ofrecer inicialmente siempre facilidades para el plazo (poliedro las actuales dificultades que atraviesan las familias en estos momentos)
El primero es por cuestión de plazos. Tengo evidencias más que contrastadas de que se tarda menos en conquistar el desahucio cuando no se manda burofax que cuando sí se manda.
Quisiera enterarse si, con respecto a un monitorio para reclamar cantidades debidas a una comunidad de propietarios, ¿es posible solicitar en la demanda una cantidad inferior a la certificada en la balance de la deuda?
El único objetivo que debe perseguirse al poner la letanía en el tablón es informar a los copropietarios deudores de que se hallan en tal situación y no poner en conocimiento de terceros tal hecho.
Hay que recapacitar que cuando la Comunidad inicie un procedimiento monitorio, no es necesario cumplimentar la tasa que a tal intención se puso en marcha con el maniquí 696.
En nuestra comunidad cesamos al administrador hace unos meses y ahora nos reclama que le abonemos la cantidad que se le adeuda en concepto de los monitorios contra vecinos morosos.
Quisiera conocer qué puedo hacer para «forzar» a los morosos a remunerar y si se puede publicar el listado de morosos en los comunicados que se envían individualmente a los vecinos para que Triunfadorí todos los vecinos estén al tanto de quiénes son los morosos. Gracias
En principio lo que quieren decir con eso es que aunque las deudas hayan prescrito, la prescripción no se aplica automáticamente sino que hay que alegarla, a diferencia de la caducidad que si se aplica automáticamente, por lo que ellos no van a anular la deuda sin más, sino que tendrá que ser el moroso el que acuda al magistrado a exigir que se declare la deuda extinguida por prescripción.
Si determinado no está de acuerdo con un determinado gasto, deberá debatirlo y exponerlo en Junta Caudillo de Propietarios. En el caso de que se haya realizado una votación, cualquier vecino está en su derecho de pedir al presidente que lo incluya en el Orden del Día de una Junta Extraordinaria para que la Junta lo debata.
mi comunidad de propietarios me reclaman una deuda de cuotas ordinarias generadas en el año 2003 y 2004, de una cuantía de 570 e en total, cuando le indicado al administrador que me desglose la deuda,(data e coste) no me ha contestado, está obligado a reclamarme dicha deuda o puede llevarme a juicio con la cuantía total sin conocer a que corresponde dicha deuda?
Se supone que lo que le ha llegado a vd. es un aviso para que pase por el Judicatura y se lo notifiquen por el Tribunal, los 20 díCampeón solo comienzan cuando vd. vay al juzgado y coja el monitorio.
click here ¿¿¿Se puede destinar a todos los vecinos una carta anunciando que pisos son los morosos y el tipo de deuda que tienen???
Tu situación puede resolverse a través de varias actuaciones. Parece ser que se encuentra en una Comunidad donde existen diferencias entre los vecinos y donde el Administrador esta apoyando una posible discriminación cerca de alguno de los propietarios.